Arrabal

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El Diccionario de la lengua española define Arrabal (entre otras acepciones) como un "Barrio fuera del recinto de la población a que pertenece".

Se entiende por arrabal, por tanto, como cualquier barrio de población que surge fuera de las murallas de una ciudad, y etimológicamente procede del vocablo árabe "ar-rabá" que quiere decir "lo de fuera".

Es una palabra que, lejos de tener algún matiz despectivo o de marginación, se refiere a un sector de una población que aparece asentada fuera de los muros de una vieja ciudad, y que en ocasiones está ocupada por gente de una acomodada posición social, a veces asociada a un gremio u oficio concreto, llegando a tener en ellos sede algunas notables instituciones.

En el caso concreto de Sevilla, la ciudad llegó a tener importantes arrabales hasta bien entrada la segunda mitad del siglo XIX, época en que se demolieron casi en su totalidad sus viejas murallas, y a partir del cual quedaron integrados en el conjunto urbano. Estos arrabales "clásicos" de la capital hispalense se conocieron con los nombres de:

En el resto de la provincia, algunas de sus más importantes localidades tuvieron también sus históricos arrabales, que como en el caso de la capital hoy son barrios conocidos con el mismo nombre con el que entonces se conocieron aquéllos.

Bibliografía

  • Las calles de Sevilla. José María de Mena. Editorial Castillejo, Sevilla, 1994.

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